sábado, 16 de febrero de 2013



Esta ley  fue aprobada en segundo debate en la Asamblea Legislativa el pasado 7 de junio, 2012 y  fue firmada por la presidenta de la República, Laura Chinchilla, el martes 10 de julio. Esto implica que cualquier persona que obtengan  y publiquen informaciones secretas políticas, el utilizar un apodo en redes sociales o utilizando herramientas tecnológicas como: correos electrónicos, redes sociales, vídeos, fotografías o cualquier tipo de grabación digital que le haya o le vaya producir un daño al afectado seria objeto de persecución judicial y por tanto sujeto de penas que van de 4 a 10 años de cárcel, sin ninguna posibilidad de ejecución condicional de la pena.
 Desde entonces, tanto el Colegio de Periodista como otras instancias dedicadas a la comunicación, iniciaron una lucha para evitar que entrara en vigencia. A partir de este momento, todos, y repito, todos, estamos bajo una amenaza latente de ser investigados, perseguidos, capturados, enjuiciados y llevados a prisión, con penas que oscilan entre los cuatro y los diez años de cárcel, sin ninguna posibilidad de ejecución condicional de la pena, es decir, sin poder cumplir esa condena en libertad bajo palabra”, escribió Ibarra en un editorial publicado por Elpais.cr en la sección Opinión.





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